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Juez denuncia trato penal diferenciado para no ciudadanos


Procuradores sugieren penas reducidas para acusados que son residentes permanentes con el fin de proteger su estatus migratorio, revelan. “El riesgo de expulsión no es una circunstancia atenuante y no puede justificar un trato diferencial”, afirma un magistrado

Redacción Canadá Crónica Latina

MONTREAL, 12 de abril de 2026.— Una decisión judicial sacudió esta semana el sistema de justicia de Quebec al revelar una práctica sistemática del Director de Procesamientos Criminales y Penales (DPCP): reducir deliberadamente las penas sugeridas para acusados no ciudadanos con el fin de proteger su estatus migratorio, en detrimento de una sentencia justa y proporcional al delito cometido, revela una nota de La Presse.

El caso que destapó la polémica

El detonante fue la sentencia contra Guzman Bladimir-Castillo, un joven de 23 años residente de Laval. En mayo de 2024, tras robar un vehículo, protagonizó una persecución policial a más de 200 km/h durante decenas de kilómetros, logrando esquivar incluso una banda de clavos desplegada para detenerlo. El juez Antoine Piché, de la Corte de Quebec, no dio crédito a su versión de los hechos, la cual calificó de “inverosímil”, y señaló que el acusado representa un riesgo de reincidencia.

Según el magistrado, la gravedad de los hechos merecía una pena de entre 12 y 21 meses de prisión. Sin embargo, la procuradora del DPCP, que inicialmente sugirió nueve meses, redujo su propuesta a seis meses menos un día.

¿Por qué exactamente seis meses menos un día?

¿Cuál es la importancia del umbral de seis meses de prisión en Canadá? Según la Ley sobre inmigración y la protección de refugiados, una condena a seis meses o más de cárcel implica automáticamente una “Inadmisibilidad por gran criminalidad” para los no ciudadanos, sin derecho a apelación. Mantenerse por debajo de ese umbral equivale a blindar el estatus migratorio del condenado.

Bladimir-Castillo es residente permanente y llegó al país a los 14 años. La procuradora reconoció que el impacto migratorio de la pena influyó en su sugerencia. El juez Piché, atado por la práctica de no imponer una condena superior a la solicitada por la Fiscalía, terminó condenando al acusado a 12 meses de prisión domiciliaria, acompañados de dos años de libertad vigilada y tres años sin poder conducir, una pena que también busca favorecer su reinserción laboral.

Una práctica “generalizada”, según el juez

Lo que convierte este caso en un escándalo de mayor alcance es que el juez Piché no lo trató como un hecho aislado. En aproximadamente 10 páginas de su sentencia, criticó duramente lo que describió como una práctica “generalizada” en el distrito judicial de Montreal: el DPCP reduce “de forma repetida sus sugerencias de pena para eludir el espíritu de la ley migratoria federal”, creando en los hechos un régimen punitivo diferenciado entre ciudadanos y no ciudadanos canadienses.

El magistrado —él mismo ex procurador del DPCP— precisó que no cree que esta práctica responda a una intención “maliciosa”, sino probablemente a una “mala interpretación de la jurisprudencia” o a un hábito desarrollado de forma improvisada. Aun así, fue categórico: el riesgo de expulsión no es una circunstancia atenuante según los tribunales superiores; debe considerarse únicamente como una “consecuencia indirecta” de la condena, y no puede justificar un trato diferencial.

La reacción política y la respuesta del DPCP

La noticia generó una respuesta inmediata del ministro de Justicia de Quebec, Simon Jolin-Barrette, quien calificó la situación de “preocupante” e instó al DPCP —organismo plenamente independiente del gobierno— a tomar medidas correctivas con sus equipos si los hechos resultaban confirmados. “El estatus migratorio no debería ser un factor determinante. La confianza del público en el sistema de justicia está en juego”, declaró.

El DPCP, por su parte, respondió con un comunicado en el que negó la existencia de cualquier “sistema de justicia paralelo”. Su director, el abogado Patrick Michel, afirmó que no ha emitido ninguna directiva en ese sentido y que confía plenamente en el profesionalismo de sus procuradores. No obstante, reconoció que el estatus migratorio puede ser “un elemento entre muchos” a considerar al determinar la pena, aunque sin ser determinante, según los tribunales superiores.

Michel calificó de “sorprendentes” las afirmaciones del juez Piché, argumentando que parecen basarse en observaciones de otros expedientes no identificados que resultan imposibles de verificar.

¿Igualdad ante la ley o humanidad ante la deportación?

¿Puede el riesgo de deportación reducir legalmente una pena en Canadá? Los tribunales superiores canadienses han establecido que el riesgo de expulsión no constituye una circunstancia atenuante. Los jueces deben tomarlo en cuenta únicamente como una “consecuencia indirecta” de la condena, sin que ello derive en un régimen de penas distinto al aplicable a los ciudadanos canadienses.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el DPCP?
Es el Director de Procesamientos Criminales y Penales, el organismo independiente de Quebec responsable de ejercer la acción penal en nombre del Estado. Sus procuradores son quienes presentan las sugerencias de pena ante los jueces.

¿Qué pena recibió finalmente Bladimir-Castillo?
Doce meses de prisión en la comunidad (arresto domiciliario), dos años de probatoria y tres años de prohibición para conducir.

¿Puede un juez imponer una pena mayor a la sugerida por la Fiscalía?
En teoría sí, pero en la práctica resulta muy inusual y procesalmente complejo, como reconoció el propio juez Piché en su sentencia.

¿Qué sucede con el estatus migratorio de Bladimir-Castillo?
Al ser una pena comunitaria y no de prisión cerrada, no activa automáticamente las consecuencias migratorias previstas para condenas de más de seis meses de reclusión efectiva.

Con información de La Presse y Radio-Canadá.